Para dar una señal decisiva para frenar la violencia contra las mujeres, el Consejo de la Unión Europea interviene con la aprobación de la nueva Directiva europea sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. El texto reconoce expresamente la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el intercambio no consentido de imágenes íntimas, el acoso en línea, el acoso en línea y la incitación a la violencia o al odio como delitos en toda la UE, lo que los castiga por ley. Un paso importante: es la primera ley europea que establece normas destinadas a combatir la violencia contra las mujeres y llega poco más de dos años después de la propuesta presentada por la Comisión Europea.
Estos delitos se castigarán con penas de prisión de uno a cinco años y además existen una serie de agravantes que dan lugar a sanciones más severas, como, por ejemplo, el ejercicio de la violencia contra una persona vulnerable o un menor de edad, o contra un cónyuge o pareja, o contra figuras públicas, periodistas, defensores de derechos humanos.
La nueva ley también contiene normas para facilitar la denuncia por parte de las víctimas de violencia, así como medidas destinadas a la prevención y disposiciones detalladas sobre las medidas de asistencia y protección que los Estados miembros deben proporcionar a las víctimas.
Tras su publicación en el Diario Oficial de la UE, los Estados miembros tendrán tres años a partir de la entrada en vigor de la Directiva para transponerla a su ordenamiento jurídico.